A- de 2018
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Javier Antonio Jaramillo Ramirez·Demandado Superintendencia De Puertos Y Transporte
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
- Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto aparente de competencia suscitado entre las distintas Salas de Casación de la Corte Suprema de Justicia.
Por reparto le correspondió el asunto a la Sala Laboral, quien decidió remitir el expediente a la Sala Penal de la misma Corporación, al advertir que era una de las autoridades demandadas.
La Sala Penal admitió la tutela y le impartió el trámite correspondiente.
Impugnada la decisión, la Sala Civil declaró la nulidad de todo lo actuado, tras considerar que la primera instancia debió ser resuelta por la Sala Laboral, toda vez que los reproches presentados en la acción de tutela sólo involucraban a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá y no a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
La Corte considera que la Sala Civil, al modificar la conformación de contradictorio efectuada en primera instancia con el propósito de declarar la nulidad de lo actuado con base en las reglas de reparto es absolutamente contraria al ordenamiento jurídico, comoquiera que deriva en el desconocimiento de los principios orientadores del proceso de tutela relativos a la “prevalencia del derecho sustancial, economía, celeridad y eficacia.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la precitada Sala, para que de forma inmediata asuma el trámite del recurso de impugnación formulado por el accionante.
Se le hace una advertencia para que en lo sucesivo se abstenga de suscitar conflictos aparentes de competencia y declarar la nulidad de lo actuado con base en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, que fueron modificadas parcialmente por el Decreto 1983 de 2017.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 16 de agosto de 2018 proferido por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, dentro del expediente de la referencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3437 a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de forma inmediata, asuma el tramite del recurso de impugnacion prestado por el senor Jaramillo Ramirez.
- TERCERO. ADVERTIR a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia que, en lo sucesivo, debera abstenerse de suscitar conflictos aparentes de competencia y declarar la nulidad de lo actuado con base en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, que fueron modificadas parcialmente por el Decreto 1983 de 2017.
- CUARTO. Por Secretaria General, COMUNICAR la presente decision a las partes y a las Salas de Casacion Laboral y Penal de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.